RETENCIONES CERO: QUÉ CAMBIOS HABRÁ PARA GRANOS, CARNES Y SUBPRODUCTOS

El Gobierno estableció una alícuota del 0% en los derechos de exportación para más de 70 productos del sector agroindustrial, vigente hasta el 31 de octubre o hasta que se alcance un cupo de 7.000 millones de dólares.

23 de septiembre de 2025Ana Sofia YapuraAna Sofia Yapura
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El Gobierno nacional implementó una medida extraordinaria para impulsar las exportaciones agroindustriales: estableció una alícuota del 0% en los derechos de exportación para una amplia gama de productos, incluyendo granos, carnes y subproductos. Esta exención será válida hasta el 31 de octubre de 2025, o hasta alcanzar un cupo de 7.000 millones de dólares en Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), lo que ocurra primero.

El decreto fue publicado en el Boletín Oficial y tiene como objetivo central incentivar la liquidación de divisas en un contexto de elevada tensión cambiaria y necesidad de fortalecer las reservas del Banco Central.

Quiénes podrán acceder al beneficio

Para gozar de esta exención temporal, los exportadores deberán cumplir con una condición clave: liquidar al menos el 90% de las divisas dentro de los tres días hábiles posteriores a la presentación de la DJVE. Aquellos que no cumplan con este requisito perderán el beneficio y deberán tributar según la alícuota tradicional.

La fiscalización del cumplimiento quedará en manos del Banco Central, la Secretaría de Agricultura y la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General de Aduanas, que podrán aplicar controles adicionales si lo consideran necesario.

Qué productos están incluidos

La medida alcanza a más de 70 bienes vinculados al agro, entre ellos: trigo, maíz, cebada, sorgo, soja y girasol (en grano, aceite y harina), harinas y sémolas, biodiésel, alimentos para animales, carnes bovinas y avícolas, menudencias, productos lácteos específicos, aceites vegetales y ciertos productos químicos de uso agrícola e insumos industriales relacionados.

Exclusiones

Quedan fuera de esta disposición los exportadores que ya hayan registrado sus DJVE antes de la entrada en vigor del decreto o aquellos que incumplan las condiciones de liquidación estipuladas.

Con esta decisión, el Ejecutivo busca dinamizar el ingreso de dólares, mejorar la competitividad del sector exportador y reforzar el nivel de reservas internacionales en un momento delicado para la economía argentina. 

Fuente: ENTERATE NOTICIAS 

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